martes, 8 de junio de 2010

EN CASO DE MUERTE, LOS HEREDEROS COBRARÁN

En caso de muerte, los herederos cobrarán las ayudas económicas

Primera reunión de las administraciones para estudiar cómo van a pagar en los próximos cinco años las ayudas que se les deben a las personas dependientes que todavía tienen derecho a la retroactividad

Fuentes del gobierno han señalado a la Ser que se buscará una fórmula jurídica para garantizar que sean los herederos los que cobren los atrasos en el caso de fallecimiento de la persona dependiente

El Gobierno y las CCAA deciden hoy cómo van a pagar las ayudas a la dependencia
En la reunión de este lunes el gobierno y las comunidades autónomas han acordado elaborar un documento para unificar el pago aplazado de las ayudas económicas que se les deben a los dependientes y a sus cuidadores familiares.

En próximas reuniones fijaran las cantidades anuales. Se trata de una cuestión que afecta a miles de beneficiarios de la Ley de Dependencia que han adquirido en estos tres años el derecho a la retroactividad, unos efectos retroactivos que han sido eliminados para los nuevos solicitantes.

El Real Decreto de los recortes sociales permite a las comunidades aplazar el abono de la deuda hasta en cinco años, un plazo sumamente largo para que muchas de estas personas enfermas puedan llegar a cobrar las ayudas económicas.

Algunas fuentes han reconocido a la Ser que el aplazamiento del pago de la deuda ha salvado la aplicación de la ley de dependencia porque la otra opción que había, la de paralizar la incorporación de nuevos dependientes, podría suponer el final de la ley de dependencia.

Fuente : cadenaser.com

2 comentarios:

  1. Los expedientes iniciados hace dos años, con el PIA firmado hace 7 meses, (solicitando prestación vinculada al servicio), no sabemos nada.

    Si la nueva ley da a las comunidades un plazo máximo de seis meses desde la presentación de la documentación hasta la resolución de la misma. ¿En que situación están los expedientes ya abiertos desde hace dos años, y pendientes de resolución del PIA?.

    ¿Que podemos hacer, donde debemos recurrir para saber en que situación estamos?.

    En la Consejería nadie sabe nada, nos dicen que esperar.

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  2. MI caso es parecido, mi tia abuela no tenia más familia que yo, y desde enero de 2009 nos marearon en servicios sociales para la solicitud de la dependencia (primero decian que si habia otras ayudas como "menjar a casa", despues otras...) que al final se solicitó en octubre de 2009. En marzo de 2010 se le reconoció el grado máximo, y en junio de 2010 se firmó la propuesta PIA aceptando la ayuda económica para un cuidador no profesional. Mi tia murió el 21 de Julio, y nadie me dice nada sobre lo que se puede hacer, han pasado 2 años y medio, por primera vez en mi vida me he tenido que ir al paro (todo lo que tenia derecho, 1 año)por no poder pagar a alguien y he perdido todos mis ahorros.
    ¿Alguien sabe algo de qué tendría que hacer? Porque esta jodida ley solo me ha dado disgustos y atques de ansiedad. Por favor, si alguien puede ayudarme mi email es igsoca@hotmail.com

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