jueves, 10 de febrero de 2011

NAVARRA - APROBADA LEY ESTABLECE PROCEDIMIENTO RECONOCIMIENTO DEPENDENCIA

Aprobada la Ley que establece el procedimiento para reconocer la dependencia

El pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, funciones y el régimen del personal que configura los equipos de valoración de la situación de dependencia en Navarra.

Además, como resultado de la aprobación de una enmienda in voce rubricada por todos los grupos, la Ley establece que "antes del 30 de junio de 2011, el Gobierno de Navarra hará efectivo en una sola vez el pago íntegro de las ayudas a la dependencia reconocidas y no abonadas en su totalidad hasta dicha fecha, no aplazando, en ningún caso, dicho pago".

La importancia de la Ley de Dependencia y dentro de ella de los equipos de valoración ha sido subrayada por los portavoces parlamentarios en sus intervenciones, en la que además la oposición ha aludido a la situación de los trabajadores de la Agencia Navarra para la Dependencia, a los que ha mostrado su apoyo y solidaridad, al tiempo que ha instado al Ejecutivo foral a buscar el mejor acuerdo.

La Ley presentada por el grupo socialista busca "dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 de la Ley estatal 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, teniendo en cuenta los distintos pronunciamientos" del Legislativo Foral.

Dicho artículo asigna a las Comunidades Autónomas la competencia para determinar los órganos y equipos de valoración de la situación de dependencia; desarrollar y regular el régimen de organización del personal que debe conformar los órganos y Equipos de Valoración; y definir las facultades y atribuciones que a éstos les son propias en el ejercicio de sus funciones calificadoras.

La norma tiene por objeto "establecer el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y determinar la composición y funciones de los órganos y de los equipos competentes para valorar la situación de dependencia y elaborar los Programas Individuales de Atención en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en Navarra".

Además, tiene como finalidad la "regulación de la organización y del régimen del personal adscrito a los puestos de trabajo de valoración de la situación de dependencia, así como la determinación de los requisitos necesarios para el acceso a dichos puestos".

La norma distingue entre Equipos de Valoración, "multiprofesionales encargados de determinar el grado y nivel de dependencia" de la persona solicitante, y Órganos de Valoración, en cuyo seno habrá "un titulado universitario" (medicina, psicología, terapia ocupacional, enfermería, fisioterapia o trabajo social) por cada una de las áreas social, psicológica y/o sanitaria, "sin régimen de exclusividad". "Como en todas las Comunidades Autónomas uniprovinciales", habrá un solo Equipo de Valoración.

El acceso a la valoración es "universal", no así la solicitud de Programas Individuales de Atención (PIAs), para lo que se exige un grado y nivel de dependencia según el calendario que marca la propia Ley de Dependencia (los moderados de nivel 1 no entran hasta 2013) y un informe social dirigido a "valorar la situación sociofamiliar".

Esta diferenciación no afecta al plazo para resolver, que será de "6 meses para todo el proceso" (desde la valoración hasta la concesión de la prestación), aunque dividido en dos resoluciones, una para el reconocimiento de la dependencia (tres meses) y otra para el otorgamiento de la prestación o servicio del PIA (tres más).

La única resolución que tendrá efecto en todo el Estado será, según la Ley de Dependencia, la de grado y nivel.

En cuanto a las solicitudes para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones, se reduce la documentación a presentar y se amplía el número de registros, posibilitando su tramitación a través de un Centro de Salud o Salud Mental y del Departamento competente.

Para la revisión de la situación de dependencia deberá acreditarse "suficientemente" la variación de la situación por "agravamiento o mejoría" de los factores de salud.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno remitirá al Parlamento un informe sobre la más adecuada atención a las personas que, pese a estar diagnosticadas con enfermedad mental grave, "no encuentran reconocimiento en la actual Ley 39/2006 ni en la Cartera de Servicios Sociales".

Fuente : abc.es

1 comentario:

  1. Pues a esperar más..no sé cuando vamos a cobrar los atrasos..ahora dicen que todo junto..antes a 5 años..a ver si se aclaran. Ahora tenemos que esperar más meses aún..y a ver si lo pagan.
    No es justo

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