Extremadura cuenta con una norma autonómica que ordena el Catálogo de Servicios y Prestaciones del SAAD
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la norma que establece el Catálogo de Servicios y Prestaciones Económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en la región, la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable.
La Orden confiere a la comunidad autónoma de una norma propia que, en consonancia con la legislación del Estado, regula y define las herramientas para la elaboración del Plan Individual de Atención de los ciudadanos en situación de dependencia, y articula el régimen de compatibilidades entre las distintas posibilidades que la ley de dependencia articula, según informó la Junta en nota de prensa.
El Catálogo comprende todos los servicios que se especifican en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, como los de Teleasistencia, de Promoción de la Autonomía Personal, de Prevención de Situaciones de Dependencia, el servicio de Ayuda a Domicilio, el servicio de Centro de Día, el servicio de Centro de Noche y el servicio de Atención Residencial.
Por su parte, la determinación del importe de las prestaciones económicas que pudiera corresponder a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia, será de acuerdo con los criterios establecidos por la normativa autonómica aplicable, bien sea la vinculada al Servicio, para Cuidadores en el Entorno Familiar y Apoyo a Cuidadores no Profesionales o de Asistencia Personal.
Asimismo, según la Orden, cada servicio o recurso anteriores son los que debe recibir la persona dependiente para su atención y cuidado personal en la realización de las actividades de la vida diaria, así como los que tienen como finalidad la promoción de su autonomía personal.
La intensidad de protección de los servicios de promoción de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, se determina por el contenido de atención de cada uno de los servicios asistenciales y por la extensión o duración del mismo según el grado y nivel de dependencia.
El régimen de compatibilidades de los servicios y prestaciones económicas del SAAD, establece cuales prestaciones son compatibles entre sí y cuales no, con la finalidad de alcanzar una mayor eficacia en la elaboración de los programas Individuales de Atención y en la asistencia integral del ciudadano.
Por ejemplo, las personas beneficiarias no podrán ser titulares, simultáneamente, de dos o más prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Por último, la Orden especifica las obligaciones de las personas beneficiarias del Sistema, que pasan por facilitar directamente, o a través de su representante, toda la información y datos que le sean requeridos y que resulten necesarios para reconocer o mantener el derecho a los Servicios y Prestaciones Económicas o el de destinar las Prestaciones Económicas a las finalidades para las que fueron reconocidas.
Fuente : que.es
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