sábado, 17 de abril de 2010

GALICIA - SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO, PROTEGE AL SOLICITANTE

La xunta precisa que el silencio administrativo negativo protege al solicitante de ayudas a la dependencia.

- Ante el recurso presentado por el Cermi al decreto gallego de desarrollo de la Ley de Autonomía Personal y Dependencia

La Xunta de Galicia aclaró este viernes que el silencio administrativo negativo, que ofrece al usuario la posibilidad de recurrir, y recogido en la Ley gallega de Servicios Sociales, supone una figura de protección al solicitante de ayudas a la dependencia.

La Consejería de Trabajo y Bienestar emitió un comunicado, en respuesta al recurso presentado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), en el que aclara que esta figura administrativa supone que, transcurrido un plazo de tiempo y sin haber emitido una resolución expresa por parte de la Administración, el usuario puede entender desestimada su solicitud y recurrir a los tribunales por denegación.

Por ello, según la consejería, "el silencio administrativo negativo es una figura en beneficio de la indefensión del interesado, ya que al no resolverle la Administración su solicitud, le permite recurrir, y la obligación de la Administración, a partir de ahí, es siempre resolver".

Con respecto a la no retroactividad de las prestaciones desde el momento de la solicitud, otro de los puntos recurrido por el Cermi, las mismas fuentes aseguran que el decreto gallego de desarrollo de la Ley de Dependencia, en su artículo 39, "sí que reconoce el efecto retroactivo de las prestaciones económicas desde el día siguiente de su solicitud".

Además, recuerdan que el borrador del decreto "estuvo colgado durante seis meses en la página web institucional de la Xunta, para que cualquiera que se considerase interesado presentase alegaciones". Pese a ello, señalaron, "en el departamento autonómico no figura ninguna alegación por parte de Cermi".

Fuente : lainformacion.com

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